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Ley Nº 29060
Ley del Silencio Administrativo
Decreto Supremo N° 063-2001-PCM
Se modifica Artículo del Decreto Supremo N° 052-2001-PCM.
Decreto Supremo N° 062-2001-PCM
Régimen especial para adquisiciones de productos farmacéuticos realizadas por el Ministerio de Salud, ESSALUD y las dependencias de la Sanidad de las Fuerzas Policiales.
Decreto Supremo N° 052-2001-PCM
Disposiciones aplicables a las adquisiciones o contrataciones de bienes, servicios u obras que se efectuen con carácter de secreto militar o de orden interno. Modificado según D.S. N° 063-2001-PCM
D.U. Nº 009-99.
Autorización al Ministerio de Agricultura adquirir en forma directa algodón en rama y fibra de alpaca de productores del departamento de San Martín y zonas altoandinas.
D.U. Nº 060-98.
Exoneración al MEF de los plazos establecidos en la Ley Nº 26850.

Ley Nº 27148.
Consucode/PrLey que autoriza crédito suplementario y modifica segunda disposición final de la Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.

 
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Manual de Convenio Marco de Precios para Entidades
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Presentación, Convenios M
 
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CASOS GANADOS ANTE EL TRIBUNAL DEL CONSUDE

Los abogados que integran el staff de ASECONDES cuentan con una amplia experiencia y conocimiento en la tramitación de los procedimientos ante le Tribunal del CONSUCODE, quien resulta ser la máxima autoridad administrativa con poder de decisión respecto a que postor debe serle otorgada la buena pro:

 

Concurso Público Nº 005-2007/FAP/SEMAN

“Contratación del servicio de alimentación del personal militar y civil del Servicio de Mantenimiento de la Fuerza Aérea del Perú bajo el sistema de suma alzada y con un valor referencial de S/. 3´139,740.00 nuevos soles”.

En este caso en particular, el comité especial a cargo del mismo había otorgado la buena pro del referido concurso público a la empresa Fast Food´s Services S.R.L a pesar de la misma no había cumplido con uno de los requisitos técnicos mínimos situación que la descalificaba automáticamente como postor, a pesar de ello, no solo no fue descalificada sino que se la premió adjudicándole la buena pro antes referida.

Ante esta situación asesoramos a nuestro cliente SERCONSFA S.A.C. a efectos de interponer el correspondiente recurso de apelación destinado a que se revoque el mencionado otorgamiento y se le confiere a quien por justicia le correspondía, situación que ocurrió mediante la expedición de Resolución Nº 1132-2008-TC-S4. (1)

Concurso Público Nº 0004-2007-HGSR

“Contratación del servicio de alimentación para personas del hospital General Santa Rosa con un valor referencial ascendente a S/. 1´550,489.56”.

En este caso el comité especial a cargo del mismo había procedido a descalificar al postor JKB Alimentos S.R.L por no haber cumplido con la presentación de un documento obligatorio y como consecuencia de ello, procedió a otorgar la buena pro del referido concurso público a nuestra cliente la empresa SERVICIOS DE CONCESIONARIOS SAN FRANCISCO DE ASIS S.A.C.

Esta situación contrariaba los intereses de la empresa descalificada motivo por el cual interpuso recurso de apelación destinado a que se revoque el mencionado otorgamiento y se le confiere a esta el mismo, mediante la expedición de Resolución 537-2008-TC-S2 (2) el recurso de apelación fue declarado infundado y como consecuencia de ello, quedó consentida la adjudicación del concurso a favor de nuestra cliente.

 
 
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